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Medios económicos para la reagrupación familiar


Si eres extranjero residente en España y quieres reagrupar a alguno de tus familiares, en el momento de solicitar esta residencia para ellos te van a pedir acreditar disponer de medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.


Para saber exactamente que cantidad de dinero es la que nos piden acreditar debemos acudir al artículo 54 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, que manifiesta lo siguiente:


"1. El extranjero que solicite autorización de residencia para la reagrupación de sus familiares deberá adjuntar en el momento de presentar la solicitud de dicha autorización la documentación que acredite que se cuenta con medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia, incluyendo la asistencia sanitaria en el supuesto de no estar cubierta por la Seguridad Social en la cuantía que, con carácter de mínima y referida al momento de solicitud de la autorización, se expresa a continuación, en euros, o su equivalente legal en moneda extranjera, según el número de personas que solicite reagrupar, y teniendo en cuenta además el número de familiares que ya conviven con él en España a su cargo:


a) En caso de unidades familiares que incluyan, computando al reagrupante y al llegar a España la persona reagrupada, dos miembros: se exigirá una cantidad que represente mensualmente el 150% del IPREM. (847,35€ en 2021)


b) En caso de unidades familiares que incluyan, al llegar a España la persona reagrupada, a más de dos personas: una cantidad que represente mensualmente el 50% del IPREM por cada miembro adicional." (282,45€ en 2021)


Actualmente el IPREM mensual para 2021 está en 564,90€, lo que quiere decir que el 150% de esta cantidad es : 847,35€.


Es decir, si tu unidad familiar contando con el familiar reagrupado solo tiene dos personas deberás acreditar disponer de al menos 847,35€ mensuales para poder reagruparlo.

Si tu unidad familiar tiene más de dos personas, te van a pedir acreditar 282,45€ por cada familiar extra, es decir, por ejemplo, para una unidad familiar de tres personas deberás disponer de 1129,80€.


A la hora de solicitar la reagrupación familiar hay que demostrar disponer de estos ingresos por el tiempo de un año de duración, es decir, para el supuesto de dos miembros en la unidad familiar tendríamos que demostrar disponer de una cantidad de 10.168,20€.

En el supuesto de tres miembros en la unidad familiar tendríamos que demostrar disponer de la cantidad de 13.557,60€.


Esta cantidad podemos acreditarla de diferentes maneras como por ejemplo, a través de ingresos periódicos, incluyendo rentas de trabajo o de otro tipo, por tenencia de un patrimonio, títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital, o a través de una certificación bancaria que acredite el saldo disponible.



Si necesitas ayuda para solicitar este permiso de residencia para tus familiares no dudes en contactarnos a través del WhatsApp 644657895.


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