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Foto del escritorÁngela Martínez García

¿Llevo unos años viviendo en España, puedo conseguir la nacionalidad española?


En este caso vamos a hablar exclusivamente de cómo obtener la nacionalidad española por residencia si perteneces a alguno de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.


Una de las posibles formas de obtener la nacionalidad española es mediante la residencia en España. En concreto, si perteneces a alguno de los países que he mencionado anteriormente, se exige que la persona que vaya a solicitar esta residencia, haya residido en España de forma legal, continuada en el tiempo e inmediatamente anterior a la petición de la nacionalidad, durante al menos dos años.


Es decir, si llevas residiendo en España al menos dos años de forma legal, y perteneces a alguno de los países mencionados anteriormente puedes obtener la nacionalidad española cumplimentando una solicitud normalizada.


Junto a esta solicitud normalizada será necesario que presentes los siguientes documentos:

- Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión.

- Pasaporte completo y en vigor del país de origen.

- Certificado de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.

- Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o certificado consular de conducta expedido sobre la base de consulta a las autoridades competentes del país de origen.

- Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.

- Justificante del pago de la tasa. (Esta tasa tiene un coste de 102 €)

- Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.

- Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.

- Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE).


En este caso no es necesario que se realice también la prueba de conocimiento del idioma español (DELE) puesto que estamos ante las nacionalidades que eximen de esta prueba.


Mencionar que es necesario que algunos de estos documentos que se nos van a solicitar deben estar legalizados. Los países firmantes del Convenio de la Haya, como son los países que hemos mencionado anteriormente a excepción de Cuba, Guinea Ecuatorial y Puerto Rico, se entenderán legalizados con un sello denominado “Apostilla”, este sello se impondrá por la autoridad competente del país de origen.


Para Cuba, Guinea Ecuatorial y Puerto Rico será necesario que se legalice el documento mediante un procedimiento administrativo que deberá realizarse en el país de origen del documento y que debe ser cotejado como correcto por el consulado de España en el país de destino. Este documento también deberá imprimirse mediante el Sello de Seguridad (Instrucción del servicio del Ministerio de Asuntos Exteriores nº28 de 21/05/2012), que admite la legalización exclsuivate por la autoridad diplomática o consultar española sin más requisitos que añadir un sello de seguridad de un modelo aprobado.


Una vez legalizados los documentos únicamente nos quedaría por explicar el Diploma del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE).

Esta es una prueba de carácter obligatorio que debe hacerse para conseguir la nacionalidad. Esta prueba se realiza los últimos jueves de cada mes a las 18h y a las 20h. Actualmente tiene un coste de 85€. Toda la información necesaria para saber en que consiste esta prueba y donde conseguir el material para la realización de la misma se puede encontrar en el siguiente enlace: https://examenes.cervantes.es/es/ccse/que-es


Una vez cumplidos todos los requisitos y reunidos todos los documentos podremos presentar la solicitud presencialmente o por vía telemática.


Si necesita cualquier aclaración, ayuda u orientación para la realización de estos trámites o cualquier otro no dude en contactarnos 644657895.

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